Antigua Matanza. Revista de Historia Regional

ISSN 2545-8701

Junta de Estudios Históricos de La Matanza

Universidad Nacional de La Matanza, Secretaría de Extensión Universitaria, San Justo, Argentina.

Disponible en: http://antigua.unlam.edu.ar

Garriador, S. P. (diciembre de 2017 - junio de 2018). El mundo rural bonaerense después de Caseros: Encrucijada entre la costumbre y el impulso de un orden institucional moderno rural (1854-1858). Antigua Matanza. Revista de Historia Regional, 1(2), 4-39.

Indagaciones históricas

El mundo rural bonaerense después de Caseros: Encrucijada entre la costumbre y el impulso de un orden institucional moderno rural (1854-1858)

Silvana Patricia Garriador[1]

Universidad Nacional de la Matanza, Escuela de Formación Continua, San Justo, La Matanza.

 

Fecha de recepción: 27 de octubre de 2017

Fecha de aceptación y versión final: 10 de noviembre de 2017

 

Resumen

El presente trabajo buscó investigar sobre cómo el ámbito rural bonaerense se vio tocado por la situación política de Buenos Aires tras Caseros en 1852. El mundo político e intelectual porteño, impulsó un modelo institucional para la provincia que más adelante buscó trasladar al país, pero el viejo orden agrario se resistía a los cambios. La construcción de una legislación rural, no podía ser un recorte de lo pasado para insertar las nuevas visiones modernas adoptadas del mundo occidental capitalista. El capitalismo agrario que se venía arraigando en la base de nuestra actividad productiva debía ir acompañada de nuestras raíces hispanas para poder lograr alcanzar el éxito suficiente para que la Argentina ingresara en la nueva economía de mercado. Se utilizaron documentos oficiales del período 1853-1858, obtenidos en el Archivo General de la Nación, con el fin de conocer qué intereses tuvieron el gobierno y los hacendados a la hora de participar en la construcción de un orden institucional para la provincia acorde a las nuevas estructuras de poder que se iban afianzando dentro y fuera de Buenos Aires, y que invitaban a la toma de decisiones inmediatas ante la vorágine de situaciones económicas que privilegiaban las ventajas de la región pampeana hacia el mercado Atlántico. La lectura y análisis de correspondencia institucional entre gobierno/hacendados permitió ver el compromiso y la atención que mereció la creación de dicho artículo, y las diversas perspectivas que se tenían acerca de la compleja realidad rural rioplatense.

Palabras Claves: costumbre, campaña, hacendados, gobierno, derechos, Código Rural

 

 

El mundo rural bonaerense después de Caseros: Encrucijada entre la costumbre y el impulso de un orden institucional moderno rural (1854-1858)

 

Introducción

Este trabajo partió de la investigación sobre los antecedentes en la construcción de una legislación rural unificada para la provincia de Buenos Aires en un momento clave de nuestra historia argentina. En 1852, la batalla de Caseros marcó un punto de inflexión en la construcción del Estado Argentino y particularmente un momento de atención y aceptación por parte de Buenos Aires de su posición geopolítica en el país.

Ese momento inauguró para la provincia, impulsar una transformación económica orientada hacia un mercado mundial en expansión. Aquí fue donde la región pampeana se alumbró frente a sus ventajas comparativas de producir aquellos bienes requeridos por un mercado industrial en pleno desarrollo.

Para ello era necesario despertar en los sectores detentadores de la tierra ese deseo por acoplarse a las nuevas corrientes de transformación, que significaron la inserción de la Argentina bajo el modelo agroexportador hacia las economías occidentales industriales.

Pero la renovación y la expansión de las actividades agropecuarias pampeanas, no era cosa de un día para otro. Estancia, ganadería, agricultura, trabajo rural, régimen de tierras, leyes e impuestos no eran temas de pronta solución. Rutas y transportes eran pobres y rústicos, por lo cual la acción del Estado antes de Caseros era cosa de los terratenientes asegurar o permitir el paso o traslado de mercancías por sus tierras, sin mencionar asuntos como seguridad y derechos ejercidos sobre el uso o asentamiento de la tierra tanto para el blanco como para el indio.

La legislación rural era cosa pendiente durante la primera mitad del Siglo XIX. A pesar de ciertas leyes rurales que regularizaron algo de la vida de la campaña, era más cosa del derecho consuetudinario que de la gobernación de turno aplicar el orden en la vida rural.

A mediados del Siglo XIX, Buenos Aires vivió ciertos cambios en la vida de la campaña, donde las críticas de hacendados criollos, anunciaban que la riqueza de la región rendía sus frutos. Inmigrantes europeos, consiguieron tierras, y entre nuevas especies de ovinos y alambrados, impulsaron una nueva área de la ganadería menor ovina, trayendo familias inmigrantes que, acomodadas a la actividad pastoril, fueron cambiando el rol social en el trabajo rural.

Pero la realidad política del país no era fácil, provincianos versus porteños provocaron el distanciamiento por casi diez años entre Buenos Aires y la Confederación Argentina. Ese 11 de septiembre de 1852, provocó una secesión, pero también un tiempo de reflexión y de ordenamiento hacia los adentros del ser provincial. Era tiempo de organizar y promover el progreso hacia adentro.

Las proyecciones del gobierno tenían muchos alcances, pero la prioridad estaba en organizar la base económica. La ciudad impulsaba un proyecto de modernizar la infraestructura y de conectar la actividad productiva hacia el mercado mundial.

Para ello, el gobierno necesitó integrar a los hacendados a esta expansión económica, pero era necesario adecuar a los terratenientes a este nuevo modelo político para la provincia. Pero los tiempos corrían, y las decisiones apremiaban.

Crear una legislación en materia rural era un proyecto pendiente. Regular y organizar las relaciones sociales y actividades productivas en expansión, se transformaron en un tema de relevancia para ciertos hombres de la campaña y del ámbito político citadino.

Ante este trasfondo de cambios materiales, jurídicos, políticos, económicos, sociales y culturales, ciertos funcionarios de gobierno con trayectoria en el mundo legal como Valentín Alsina impulsaron un acercamiento a la Comisión de Hacendados de la provincia, para conocer y dar lugar a reclamos e intercambiar intereses para la promoción de la modernización rural en la vida de la provincia (Alsina, 1853-1858).

El estudio de la construcción de un Código Rural de la provincia de Buenos Aires de 1865, invitó a conocer el rol de los hacendados en la creación de una legislación moderna para la campaña, que respondiera a las grandes transformaciones que vivió la Argentina a partir de 1852.

Para la realización de dicha investigación partimos del estudio del marco legal en el que el Estado provincial porteño, se inició en la construcción de un conjunto de legislaciones, que buscaban instaurar las bases de un orden jurídico acorde a los nuevos vientos de modernización que tocaban a la región.

Las nuevas corrientes historiográficas que abordaban el mundo rural, a partir de 1980, han abierto un abanico de análisis y aproximación mucho más dinámico sobre la realidad de la campaña rioplatense. Este tipo de investigación se denominó historia regional, agraria o rural rioplatense. (Mata, 2012). Esta mirada acerca de la actividad extensiva ganadera y el mundo social del estanciero y los paisanos de la campaña rioplatense, despertó el interés por estudiar la convivencia y los conflictos de poder entre los diversos actores sociales existentes en el mundo rural. Los nuevos aportes provenientes de la utilización de fuentes inéditas o poco trabajadas como tasaciones, sucesiones, edictos, decretos, denuncias, o reclamos provenientes de personajes de la vida rural, permitieron descubrir un universo de intereses y cuestiones que poco han sido investigadas en décadas atrás (Fradkin, 2009).

Problema

La investigación de la cual se desprende este trabajo buscó analizar los vínculos establecidos entre el orden político liberal porteño y el papel de los hacendados durante el período de 1854 y 1858, con el fin de promover la creación de una legislación acorde a los nuevos tiempos.

La necesidad de una legislación rural, se fundamentó en la proyección de un jurista porteño, el doctor Valentín Alsina. Su papel como intelectual, jurista y político ultra porteño, impulsó un proyecto de confección legal para orientar los intereses del mundo estanciero con la acción de un joven Estado porteño naciente, durante una etapa de secesión nacional.

Para la realización de esta propuesta de investigación se utilizaron documentos del Archivo General de la Nación (en adelante AGN), Notas de Alsina y de la Comisión de Hacendados” (Alsina, 1853-1858), con el fin de conocer e interpretar cuáles eran los papeles de los diversos actores en la confección de marco legal para la vida rural bonaerense.

Pero para ello se plantearon los siguientes interrogantes: ¿En qué medida el informe solicitado por el Ministro Alsina a la Comisión de Hacendados de 1856 fue concretado en el Código Rural de 1865? ¿Qué peso tuvo la costumbre en muchas de las descripciones o denuncias de los hacendados a la hora de forjar el informe reclamado por el gobierno provincial? ¿Por qué nunca el impulso de una codificación provino de los sectores estancieros? ¿Qué valoración dio el gobierno porteño al derecho consuetudinario?

La lectura y el análisis de la documentación de la época, llevó a dilucidar cuáles fueron las posturas de los actores en la cuestión frente al momento histórico a estudiar. El intercambio epistolar entre el gobierno durante los mandatos de Pastor Obligado y Valentín Alsina, y la acción de los Hacendados durante su breve actuación en la Comisión creada para generar dicho informe sobre la realidad rural, remite a ver si existían o no reticencias para la creación de dicha legislación para la campaña.

Hipótesis y Objetivos

El presente trabajo tomó el período 1854-1858 con el fin de estudiar la relación entre el Gobierno de Buenos Aires y los sectores hacendados. El objetivo del gobierno fue encontrar un punto de encuentro y conocimiento de las cuestiones que tocaban el ámbito rural, y hallar la manera de construir una legislación que vinculase los intereses de estancieros y la acción del Estado.

A lo largo de la evolución histórica de la campaña- ciudad, la organización política y económica, fue adquiriendo ciertos matices heredados del derecho hispano e indiano, creando un universo de relaciones propio y único a la vez.

El intento del Estado provincial de promover una legislación unificada para la campaña, se vio obstaculizada por el sector de los hacendados que vieron afectado su status quo proveniente de la construcción de un derecho consuetudinario.

Las reglas de convivencia rural, surgidas del pasado colonial y la conquista de la tierra, poseían una identidad única que daban un matiz particular a la campaña. La oleada de modernización encaminada por un próspero Estado provincial, requirió mirar y prestarse a esos cambios.

Es por ello que la hipótesis de trabajo pretende demostrar cómo “el proceso de construcción de un marco legal para la campaña bonaerense se interrumpe en 1858, triunfando la idea de mantener el derecho consuetudinario hasta 1862”.

Para realizar esta labor se estableció como objetivo reconocer la diversidad de problemáticas que requerían una legislación uniforme frente al peso del derecho consuetudinario de la campaña.

Metodología y fuentes

La investigación realizada permitió mirar con más detalle el mundo rural bonaerense después de Caseros, que constituyó una encrucijada entre la costumbre y el impulso de un orden institucional moderno, (1854-1858). Para ello se utilizaron fuentes primarias del periodo descripto, consultadas en el Archivo General de la Nación, bajo la descripción “División Nacional-Sección Gobierno-Estado de Buenos Aires; Expediente 15880-15949; (1858), Libro N-166 29-2-5”. Se aplicaron técnicas cualitativas sobre los documentos oficiales, que daban cuenta de las vinculaciones entre el gobierno provincial porteño y la Comisión de Hacendados, con el fin de asegurar la creación de un Código Rural para la campaña a mediados del siglo XIX.

También se utilizaron leyes del período de 1822-1823, decretos de la etapa del Gobierno de Martín Rodríguez y de su ministro Bernardino Rivadavia.

El análisis hermenéutico de las fuentes obtenidas, tuvo como fin conocer a los actores políticos en la construcción de una legislación en materia rural. Para ello fue necesario reconstruir este período a partir de una aproximación directa con los documentos que permitieran encontrarnos con los actores que participaron en la confección de una antesala legislativa para regular la vida de la campaña. Estas páginas constituyen una selección de esa investigación mayor que fue presentada como tesis de Licenciatura en Historia en la Universidad Nacional de La Matanza.

El mundo rural bonaerense después de Caseros

La batalla de Caseros, el 3 de febrero de 1852, abrió un nuevo capítulo en la Historia argentina hacia la construcción del Estado Argentino. Para lograr este objetivo, hombres provenientes de diferentes corrientes políticas del unitarismo y el federalismo, a pesar de sus discrepantes modelos, se unieron al debate común por sancionar una constitución, una ley fundamental para el país.

Lamentablemente, la concreción de este proyecto provocó el recelo por parte de ciertos sectores porteños, que no vieron con buenos ojos que el impulso constitucional proviniese del interior. La cabeza política visible era la de Valentín Alsina, un acérrimo defensor de los intereses porteños, que buscó frenar los alcances de la política urquicista en la vida porteña y principalmente del país.

La secesión porteña del 11 de septiembre de 1852, inició una etapa de renovación y cambio fuera del arbitrio del resto del país. Buenos Aires como provincia o como república provincial (Olaza Pallero, 2012), promovió una serie de medios que orientaron y ordenaron su vida institucional, política y económica hacia un camino de progreso sin obstáculos.

Sin embargo, a pesar de un contexto político de tensión entre la Confederación urquicista y Buenos Aires, la Argentina a mediados del S. XIX, ingresaba a un momento de apogeo económico, por lo cual debió plantearse transformar su modo de insertarse en el capitalismo industrial imperante, ya que se encontraba en un momento de coyuntura favorable por el tipo de bienes primarios que la región pampeana ofrecía.

El motor de la región rioplatense fue la actividad pecuaria. El capitalismo agrario buscaba inyectar su acción sobre regiones productoras de materias primas necesarias para el proceso industrial.  De allí que el aumento de la demanda de bienes de clima templado, despertaron en los nuevos sectores políticos porteños, la necesidad de adecuar el funcionamiento institucional del Estado provincial en el mundo rural, pero para ello era necesario adecuar los canales de comunicación con los sectores que detentaban el poder económico regional.

La constitución de la provincia de Buenos Aires de 1854, dio el primer puntapié hacia la organización institucional de la región, permitiendo de esta forma ir proyectando las codificaciones necesarias en muchos aspectos que requerían de leyes modernas correspondiente con el área civil, comercial, penal, militar y rural.

El bloque localista porteño liderado por Valentín Alsina se abrió de las preocupaciones nacionales, para orientar sus objetivos hacia el despegue de la región bonaerense.

En materia rural, Alsina consideraba que la campaña carecía de un cuerpo de leyes agrarias, y que era prioridad impulsar frente a la amplia y progresiva oportunidad de crecimiento de la región pampeana ante las demandas de materias primas provenientes del mercado mundial.

Propiedad, tipo de actividad económica, trabajo, tiempos, contratos, producción, ámbito público y privado en cuanto al uso de terrenos, pastizales o aguadas, hurto,  abigeato, vagancia, juego, pulperías itinerantes, buhonería y policía, eran algunos de los tantos temas y cuestiones que se debían regular y resolver a partir de leyes que describieran la conducta, el delito y la sanción frente a las constantes denuncias por la violación, el abuso y la ausencia de reglamentaciones, tanto para dueños como peones o habitantes de la campaña.

Para ello, el gobernador Pastor Obligado apoyó el proyecto de Valentín Alsina de realizar un proyecto de codificación rural para la provincia en 1856. Este político y jurista argentino poseía amplios conocimientos de la legislación indiana y de la legislación rural post independentista, quien, en la década del 20, durante el gobierno de Martín Rodríguez y su ministro Bernardino Rivadavia, inició una recopilación de leyes y jurisprudencias de la primera mitad del siglo XIX con el fin de analizar los antecedentes en materia rural de la campaña. Con este conocimiento a priori de la realidad rural, impulsó la realización de un informe en 1856 con el fin de confeccionarlo basándose en los datos brindados por la Comisión de Hacendados, invitados por el gobierno provincial para la realización del mismo.

El objetivo era la construcción de un Código Rural para la provincia, pero la situación política del país entre la Confederación Argentina y la provincia de Buenos Aires, obligó a detener el proyecto en 1859. La batalla de Pavón marcó el triunfo porteño sobre el país, y con ello el inicio de un proyecto unificador a nivel nacional impulsado por los porteños a partir de 1862.

En 1857 Valentín Alsina asumió como gobernador, pero la situación del país fue sumamente tensa debido a que su ascenso significaba la llegada al poder de los grupos progresistas, que a través del diario “La Tribuna”, buscaban asegurar el liderazgo porteño por encima de la influencia y la presión de Urquiza por recuperar nuevamente el control de Buenos Aires.

El partido gubernamental al principio había vacilado en nombrar un candidato por temor a abrir una brecha en sus propias filas. Alsina surgió gradualmente como el individuo que gozaba el mayor apoyo legislativo. A mediados de abril, El Nacional, órgano de los conservadores y, La Tribuna, el diario de los progresistas, dieron su apoyo a Alsina, indicando así que lo consideraban un candidato transigente dentro del partido del gobierno. (…) La elección de Alsina, portaestandarte de los debates de junio y de la revolución de septiembre, fue el indicio del completo fracaso del empeño de Urquiza en lograr la unidad argentina. (Scobie, 1964).

El 26 de marzo de 1856, el ministro de gobierno de la Provincia de Buenos Aires inició un nuevo capítulo en la vida rioplatense. El jurista y político Valentín Alsina (Olaza Pallero, 2012), inició el camino hacia la construcción de un régimen jurídico unificador rural para la provincia de Buenos Aires.

Su objetivo fue impulsar las virtudes económicas regionales hacia el mercado mundial. Para ello era necesario convocar a los sectores detentadores del poder económico de la campaña, y conocer cuáles eran sus pareceres en cuanto a la creación de un derecho rural riguroso e igualitario para todos los sectores existentes.

Pero como bien sostiene el historiador Fradkin (2009):

La relación entre ley, costumbre y prácticas sociales se transforma y se tensa en tres momentos de reformulación de la relación Estado/sociedad: la reforma borbónica y en particular los años que siguen a la creación del Virreinato del Río de la Plata; el experimento liberal ilustrado de los años 20, que orienta la conformación inicial del estado provincial y el efímero intento de conformar un poder nacional entre 1826 y 1827, y la organización del Estado liberal en los 50-60, primero a nivel provincial y luego de alcance nacional. Durante este siglo puede reconocerse la tendencia hacia la primacía de la ley por sobre la costumbre y su reducción a carácter de derecho supletorio que remata en la sanción de los códigos legislativos. Durante casi un siglo esta tensión no hizo más que reproducirse y fue cambiando de significado al modificarse el contexto que le daba sentido a las costumbres. ( pág. 141)

Esta enumeración de momentos que describió Fradkin, permitió observar cómo el contexto histórico tuvo trascendencia en la proyección de marcos regulatorios parciales, en cuanto a las problemáticas que afectaron a la campaña.

Tomando el documento del 26 de marzo de 1856 (Alsina, 1853-1858) vemos que la solicitud del gobierno provincial de pedir colaboración a los sectores hacendados, tenía que ver con las ventajas que ambos actores Estado/terratenientes podrían alcanzar para el bien público de la provincia y el interés económico y social de los habitantes de la campaña.

La batalla de Caseros de 1852, inició un tercer intento por parte de cierto grupo de intelectuales y políticos de impulsar la organización del estado nacional, y para ello fue necesario sancionar una constitución, que tras varias décadas tuvimos postergada bajo el dilema de unitarismo o federalismo. Pero los alcances de esa labor constituyente nacional, con intereses regionales, desde etapas anteriores vieron interrumpidas sus oportunidades de crecimiento.

 De esta forma, liberales, autonomistas y federales, nuevamente se pusieron en pie de guerra en una Argentina que supuestamente se hallaba en búsqueda de civilización y progreso. Los intereses regionales se pusieron en pugna y el interés provincial se impuso sobre el sentido de lo nacional, para asegurar el bienestar para una provincia bien ubicada: Buenos Aires.

La secesión política porteña a partir de septiembre de 1852, llevó al ascenso a sectores políticos e intelectuales que focalizaron su interés en la realidad provincial, y promovió para ella los proyectos necesarios que, por su ubicación geopolítica y sus firmes vinculaciones con Gran Bretaña, le aseguraban prosperidad económica a través de la generación de políticas que permitieron introducir la riqueza pampeana en el mercado internacional.

La coyuntura económica hizo posible comenzar a observar un porvenir basado en la riqueza de la tierra, que anteriormente ya había sido descripta por Manuel Belgrano, en cuyas memorias describió su visión económica y social para la región, desde su puesto de funcionario en el Consulado porteño (Belgrano, 1796). Desde la época de fines de la colonia, invitaban a mirar con sentido de transformación y producción a aquellos recursos que brindaba la tierra, estableciendo de esta forma fuertes vínculos con aquellos destinos donde la industrialización se desarrollaba.

Para lograr la modernización económica y tender así a un capitalismo agrario, era necesario encontrar el modo en el que los alcances del gobierno provincial coincidieran con los intereses económicos del mundo rural, y concretar la acción de un estado liberal y progresista, que deseaba promover una legislación unificada, rigurosa y justa para los habitantes de la campaña.

De esta manera, este proyecto liberal de la mano de Valentín Alsina, comienza a tomar relevancia a partir de su retorno al país en 1852. Su experiencia dentro de la vida política argentina durante la etapa de las guerras civiles, su vida en el exilio y el conocimiento adquirido de la jurisprudencia colonial y las nuevas corrientes modernas europeas, ayudaron en la construcción de objetivos políticos de organización jurídica moderna para el país.

Su retorno a la vida política y su ferviente defensa del centralismo porteño y frente a la política urquicista, inició nuevamente una década de secesión de dos criterios en un mismo país. Esta situación territorial y política creó una clara oportunidad de organización y promoción del orden y el progreso liberal en la provincia de Buenos Aires. A pesar de los constantes intentos de la Confederación por volver a recuperar el centro geopolítico portuario del país, la provincia se transformaba, y con ello el panorama jurídico moderno comenzó a gestarse de la mano de un grupo de políticos fuertemente conectados con el capital extranjero y con sus ideas.

Durante esta etapa, la realidad de la campaña era una cuestión pendiente. A pesar de los diversos momentos en los cuales se intentó de promover un orden legal para el mundo rural, las tradicionales familias terratenientes se negaban a romper el marco consuetudinario que habían instituido. Y Alsina era consciente sobre esto y que debería incorporarlo como base en la construcción de una legislación moderna acorde con intereses del sector dominante rural.

La Comisión de Hacendados como órgano representativo de los intereses de los hacendados comenzó su actuación ya a partir de 1820, siendo portavoz ante el gobierno, de aquellos asuntos que afectaban a la campaña.

Frente a sus demandas, el gobierno de Martín Rodríguez y su ministro Rivadavia, sancionaron varios decretos con el fin de regular determinados asuntos, los cuales se hallaban descriptos en el Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires. En él se abordaron problemáticas que afectaban a los habitantes, como la aparición de animales sin marcas o marcas desconocidas, lo cual generaba la necesidad de establecer un registro de marcas (ROPBA, Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires, 1822). También estaba el tema de las tiendas móviles versus las pulperías y la necesidad de tener permiso anual para ejercer el comercio en la región (ROPBA, Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires, 1822).

Otro punto fue la vagancia versus la necesidad de poseer libreta de conchabo, describiendo el lugar y tipo de trabajo realizado en dicho establecimiento (ROPBA, Registro Oficial de la Provincia de Buenos Aires, 1822), y la necesidad de regular las formas de contratos, relación patrón versus peones (ROPBA, Registro oficial de la Provincia de Buenos Aires, 1823), entre algunos de los temas a los que se intentaron dar una solución parcial, pero sin ninguna proyección de unificación legal beneficiosa para el orden y el bienestar general de la campaña (Barandiarán, 2011).

Pero el contexto cambió a partir de mediados del S. XIX; con una nueva generación de políticos conectados con el pensamiento europeo y con la creciente industrialización, y cuando comenzó a verse en nuestra región la posibilidad de crecimiento económico. La secesión del país brindó a Buenos Aires el momento preciso para generar un proyecto óptimo para la provincia, fuera del arbitrio o las preocupaciones nacionales. Es así como el pensamiento ultra porteño, fuertemente ligado a los intereses británicos y al empuje modernizador europeo, inició un período de transformación y de organización para la provincia. Para ello Valentín Alsina, un hombre opositor al rosismo, volvió con un proyecto de organización del país, pero bajo la jefatura porteña y no de un provinciano como Urquiza.

Sus papeles en la legislatura porteña como ministro del interior y dos veces como gobernador de forma breve, fueron suficientes para dejar su huella. Inició la creación de varias codificaciones, que dieron lugar a que el estado provincial y nacional consolidara las instituciones necesarias para el progreso y el orden público. Dentro de estos proyectos se encontraba un código rural para la provincia; este era un proyecto difícil, debido a que no se tenía ningún modelo adecuado para vislumbrar un modelo agrario, o un derecho agrario lo suficientemente aceptable para valorar a la hora de construir este conjunto de normas.

Pero además de lo descripto en el párrafo anterior, se suma una condición no menor. Nuestra campaña bonaerense era un universo muy particular, en el cual se construyó un sistema de relaciones humanas, basado en el origen hispano/colonial y un derecho consuetudinario propio de nuestras pampas, que regulaba los vínculos existentes. La costumbre, los usos y las normas de convivencia daban un matiz de particularidad, que debía contrarrestarse con sentido común o ser modificado con el aporte del derecho moderno, pero debía estar basado en el consenso gobierno/hacendados.

Su relevancia en la construcción de un Código Rural, buscó encontrar el medio adecuado para hallar un punto de conexión entre las normas consuetudinarias existentes en la vida de la campaña, y la necesidad de promover una legislación moderna acorde a los intereses y costumbres existentes en la gente de campo.

A pesar de que las normas legadas por el derecho hispano e indiano fueron aplicadas desde la conquista del territorio pampeano, el mundo rural había creado un derecho propio basado en la costumbre, el cual se formó en base al dominio y la conquista de la tierra por parte de propietarios y peones que crearon su propia red de relaciones.

En este universo político, social, cultural y religioso, hombres y mujeres establecieron reglas de juego, donde la tradición, la costumbre y la palabra se convirtieron en pautas de fidelidad, honorabilidad y compromiso entre la gente del campo.

Alsina, conociendo las bases del derecho legado y ante la necesidad de crear una codificación moderna, tuvo que mediar frente a la defensa que interponían los hacendados resguardando ese derecho consuetudinario rural. Invitó a dichos representantes a ser parte de la creación de un informe con los puntos o cuestiones a evaluar para eventualmente crear un código rural.

Esta propuesta, expresada desde 1853 en la legislatura de Buenos Aires por parte Alsina, comenzó a tener cierta aceptación entre los hacendados a partir de 1854. Según ciertos documentos epistolares entre la Comisión Provisoria de hacendados y el gobierno a partir del 10 de Agosto de 1854 (Alsina, 1853-1858), se inició una etapa de acercamientos y pedidos mutuos sobre el tema de derechos sobre animales extraviados y con marcas desconocidas, que fueron denunciados ante los jueces de paz correspondientes.

De este modo, con el acercamiento entre el gobierno y la comisión provisoria de hacendados, donde participaban hacendados como Don Martín Campos, Don Patricio Lynch, Don Estanislao Miguens, Don Bernabé Sáenz Valiente y Don Fabián Gómez, se abrió el debate y la discusión entre ambas partes.

El gobierno de Pastor Obligado junto con sus asesores Ireneo Portela (Ministro del Interior desde agosto de 1854) y su Secretario de Gobierno Dalmacio Vélez Sarsfield, les solicitó a estos actores su colaboración para elevar invitaciones a hombres conocedores e interesados en prestar sus opiniones acerca de las cuestiones de la campaña.

El objetivo epistolar del gobierno tenía como fin la creación de una comisión permanente de hacendados, que tuvieran un rol activo en la vida política del país, involucrándolos en la elaboración de proyectos económicos que fomentaran la inserción de la región al mercado mundial; pero para ello era necesario capturar su interés y convencerlos de los múltiples beneficios mutuos que se obtendrían a partir de este modelo capitalista agrario que se buscaba promover para la provincia.

El capitalismo agrario era el sistema por el cual dejábamos de ser una civilización del cuero, para pasar a ser un modelo económico primario exportador conectado con la industrialización europea.

La participación y el compromiso de los hacendados se hicieron esperar. Recién con la llegada de Valentín Alsina como ministro de gobierno, se impuso de forma concreta que los hacendados fueran comprometidos con su tarea.

El 26 de diciembre de 1854 Don Vélez Sarfield (Alsina, 1853-1858) fue nombrado para coordinar la relación entre el Gobierno y la Comisión de Hacendados. Este jurista y político de tinte liberal y progresista, fue el creador del Código Civil de 1869.

Debido a su débil actitud frente a la negativa y al compromiso de los hacendados en el cumplimiento de su rol dentro de la Comisión Permanente de Hacendados durante el período de septiembre de 1854 hasta finales de abril de 1855 (Alsina V. , 1853-1858), se solicitó al gobierno que se lo separe de su cargo, excusándose en el desconocimiento de “temas de campo”. A eso se le agregó la ausencia y la falta de permanencia de sus miembros en la comisión, dando a inferir su desinterés de participar con el gobierno en materia de leyes.

Este programa gubernamental estaba basado en un concepto muy propio de los terratenientes, como fue la defensa de la tierra. Una tierra que para estos sectores representaba su prestigio, su fuente de riqueza y su status socioeconómico, pero como ya se viene describiendo, a partir de 1830 ciertos terratenientes que recorrieron la campiña europea, y se dieron cuenta de que era necesario transformar y mejorar el uso de la tierra y la calidad de nuestros animales, para lograr un mayor  interés económico externo.

Pero los que pensaban en inversión y modernización eran una minoría que creía en la capitalización rural, frente a un amplio número de hacendados que todavía se mantenían en su idilio conservador urbano, mientras que sus capataces comandaban sus haciendas. La ciudad era su mundo de relaciones y la tierra su fuente de riqueza.

Fue ahí donde Alsina, al acceder a su rol de ministro de gobierno, solicitó a la Comisión de Hacendados presidida por Don Juan Cano y acompañado por su secretario Don José Martínez de Hoz, dar lugar a la creación de un informe en el que pedían determinadas cuestiones de interés para el gobierno, en la construcción de un derecho rural para la campaña.

Las temáticas que se solicitaron por parte del Ministro Alsina fueron de distinta índole, como el derecho a la propiedad, la tenencia y el uso de dichos bienes, el trabajo, la seguridad y las funciones de las autoridades del gobierno en la campaña.

El escrito del 26 de marzo de 1856 comenzó solicitando a dicho organismo, su buen criterio:

La Comisión de Hacendados que tantas veces ha ayudado al gobierno con sus luces y conocimientos prácticos en la solución de importantes asuntos, es requerida por él, con el objeto de que se sirva manifestar con su respetable dictamen, acerca de muchos puntos o cuestiones que interesan altamente al bien común de la campaña.

Meditando el gobierno sobre el estado y necesidades de ésta, ha creído que existe una gran falta de disposiciones precisas, relativamente a su policía, sin cuya fijación ni pueden promoverse ciertas mejoras que ella reclama, ni prevenirse ciertos males que la aquejan. (Alsina, 1853-1858)

Esta introducción marcó el nacimiento de un instrumento esencial para la promoción de este proyecto legislativo rural: una policía provincial. Dicha institución sería el elemento clave en la protección y el cumplimiento de las normas, con quien contaba el gobierno para lograr implementar el Código Rural en la campaña.

La policía de la provincia se originó en los Alcaldes de Hermandad y en el cuerpo de Blandengues hacia finales de la Colonia. Con la emancipación y los primeros Gobiernos Patrios, en enero de 1813 se dio lugar a la creación del Reglamento de Policía, considerando dicha fecha como el inicio de la institución bonaerense.

En 1820, con la supresión de los cabildos, y la designación de gobernadores como jefes del poder ejecutivo provincial, la policía también fue una institución que comenzó a tener un posicionamiento dentro de la preservación del orden y de la seguridad pública acompañando a los jueces de paz en la vida urbana y rural (Rivadaviaonline, 2017).

A partir de aquella introducción, el pedido de Alsina se desarrolló en base a una descriptiva acción de tres temas centrales, que la Comisión de Hacendados debió tener presente al comenzar su pedido de aportes a los diversos actores de la campaña, en sus más diversas actividades y relaciones laborales. Estos temas fueron solicitados en función de la importancia y el desarrollo económico de la región, los cuales construyeron las características propias de los sectores dominantes y su peso en la transformación modernizadora que buscó impulsar el gobierno. Ganadería, labranza y cuestiones comunes a la campaña, eran los tres temas principales, con los cuales se buscaba conocer en profundidad, para poder regular y reglamentar el derecho rural a través de una codificación específica para la vida de la campaña.

La ganadería fue un asunto de constante debate entre los hacendados. Durante varias décadas, el tema del orejado y las marcas era un problema para los propietarios de haciendas, debido a la aparición de animales perdidos con marcas desconocidas que provocaban daños sobre zonas de cultivo. Anteriores gobiernos como el de Martín Rodríguez y el de Juan Manuel de Rosas, intentaron regular a través de un registro de marcas los derechos sobre los animales.

 Pero hablar de marcas y derechos sobre animales sueltos y los daños a la propiedad ajena, no era nada sumado a muchos de los puntos que debían observarse y tratarse por parte de los hacendados y del Estado.

A mediados del siglo XIX la actividad ganadera vacuna tradicional, se fue relegando debido a la explosión del ganado ovino. Este tipo de actividad más compleja, llevó a que algunos estancieros salgan de su cómoda posición de productores de cuero y tasajo, para encontrar en esta actividad nuevos y mejores beneficios económicos; pero se necesitó de inversión y de nuevas destrezas debido a que era una actividad más compleja.

En relación al ganado y las tierras, Alsina planteó un primer punto de debate: ¿Se debía limitar o no el número de cabezas de ganado en proporción del terreno?, (máximum/mínimum); ¿Cuál debía ser esa proporción respecto del ganado vacuno y yeguarizo? ¿Cuál debía ser respecto del lanar? (Alsina V. , 1853-1858). Este tema continuó expresamente descripto por el ministro, en cuanto a temas como la realidad de la mediana y la pequeña propiedad, frente al avance de las grandes propiedades, la fijación de límites y el desarrollo de actividades ganaderas mayores y menores, que comenzaban a cambiar el escenario socio-económico de la campaña.

“Nuestra legislación rural y agraria debe tender a fomentar y proteger… cría del ganado lanar…”

¿Pero por qué? El motivo hay que buscarlo en ciertos sectores ganaderos argentinos, que viajando por Europa comenzaron a ver las ventajas de la cría de estos animales, y sumado a nuestro clima y suelo favorable, permitieron el desarrollo de la actividad. Según Roy Hora (2015):

En las décadas de 1850 y 1860, el cambio más significativo impulsado por la expansión de la ganadería ovina quizá se refiera a la mejora del rodeo por medio de la introducción sistemática de ejemplares de raza europea. (…)

La producción ovina representó un cambio sustancial en la historia del agro en la Argentina, pues aceleró el proceso de modernización rural y la organización capitalista de la producción. (pág. 38)

Esta actividad ganadera, antes no era considerada de interés más que con fines de obtener lana para la actividad doméstica, o por su carne, para de vez en cuando deleitar algún que otro comensal. Pero en 1835 el número aproximado era de cuatro millones de animales rústicos, y a mediados de 1850, ya pasaban a ser dieciséis millones de cabezas, orientadas al mercado externo. Esta fiebre del ovino impulsó el capitalismo agrario, y con ello la inversión de muchos factores de producción que obligaban a ver la necesidad de asegurar el panorama socio-económico, bajo el amparo de una acción gubernamental progresista, ordenada y liberal.

Sumado a los cambios en las estancias, se agregó en el relato el tema del recurso hídrico. No todas las haciendas poseían aguadas para sus animales; fue por ello que uno de los temas de debate era el de crear una red hídrica propia en cada establecimiento (valdear). Este término hace referencia al desarrollo de abastecimientos propios de agua en cada estancia, pozos de agua, que permitan evitar la invasión de tierras linderas y así evitar los desmanes de animales o destrozos a la propiedad ajena.

Otros temas que se agregaban en la lista a pedido del gobierno para ser tratados por los hacendados, tuvieron que ver con el arreo de animales, el uso de las tierras pastoriles, el demarcado y establecimiento de puntos en cuanto a lo que son tierras de propiedad privada y pública, y la aplicación de normas rigurosas y obligatorias, donde el derecho consuetudinario no tenía margen de justificación frente a la violación y el perjuicio del vecino.

Aquí pesaban cuestiones como la hierra o yerra (marcación y registro de las mismas en cada municipio, previo pago de tasa por su inscripción distrital), señales que representaban el distintivo de las estancias, que, a mediados de 1850, con el ingreso de nuevos animales vacunos como el toro Shorthorn británico en 1856, el primer Hereford en 1864 y el Angus, comenzaron a mejorar sus rodeos.

La expansión del lanar, en cantidad y en calidad debido a la introducción de las razas europeas, tuvo que impulsar una mayor inversión en infraestructura, que con la consecuente rentabilidad se comenzó a despertar en los sectores terratenientes la ansiedad de inversión, no solo en la ganadería sino también en la actividad cerealera.

Fue por ello que el Estado consideraba también necesario, en la elaboración de este informe, crear reglas rigurosas que regulasen el registro de marcas y señales de forma institucional, estableciendo delimitaciones a las zonas de pastoreo, creando vías alternativas para el tránsito de animales, dando aviso en caso de epidemias por parte de los hacendados, para evitar las mezclas y evitar la expansión y perjuicio económico de otros, entre algunas de las realidades necesarias a ser evaluadas.

La segunda subcomisión de hacendados tuvo como fin el análisis y la descripción de la actividad en las pequeñas y medianas propiedades, denominadas “chacras”. Según el criterio de Alsina, la estancia y la propiedad agrícola podían convivir ambas en un mismo partido, ya que las dos eran útiles y debían ser protegidas.

Según la descripción documental, la ciudad y la pequeña propiedad convivían en cercanía. Quintas y chacras, además de propiedades no muy extensas dedicadas a la cría menor, muchas veces se veían afectadas por la invasión del ganado mayor, los cuales provocaban daños importantes al desarrollo de la actividad, además de dejar anegados los pasos de circulación entre la ciudad y la campaña durante ciertas épocas del año debido a su variante clima.

El aporte historiográfico rural de Gelman (2004) y Garavaglia (2003), sobre el proceso de transformación capitalista agraria, permitió observar en la documentación (Alsina N. d.-1., 1853-1858), cómo el gobierno impulsó una fuerte defensa de la actividad lanera. Esta se hallaba sumamente relacionada con la inmigración de vascos, irlandeses y gallegos, que llegados al país introdujeron nuevas prácticas de trabajo y organización de la actividad pastoril y del uso de la tierra. Esta promoción al cambio por parte del gobierno, buscaba establecer las bases de una “cultura” o “cultivo” del suelo, y de todo aquello para lo que la introducción del capitalismo agrario, era sumamente necesario para la transformación de esta civilización del cuero.

En este espacio escrito dedicado al tema “Labranza”, describió varios asuntos con respecto a la protección y el reconocimiento de la actividad agrícola, con el fin de aumentar la satisfacción de las necesidades locales. El objetivo iba más allá de lo regional; buscaba promocionar hacia el exterior y para ello era necesario conocer cuáles eran sus preocupaciones y necesidades.

El capitalismo agrario requería ver la tierra no como un sustento de prestigio político, social y económico, como bien lo mantenían en sus convicciones consuetudinarias la vieja raigambre terrateniente bonaerense. Este nuevo sector político liberal vio en este modelo económico, un Estado que consideraba al territorio como un factor económico sustentable para la creación de una infraestructura rica para el desarrollo y el progreso del país.

En el escrito remarcó la idea de ver “la actividad lanar” como aquella acción que llevó a una “transición natural” entre la agricultura y la ganadería. La relación entre la ganadería mayor y la agricultura estaba relacionada con la necesidad de introducir animales de tiro para el trazado de surcos que ayuden para la siembra y para la posterior cosecha de cereales y otros frutos que daba la tierra.

Pero ese tipo de animales de tiro, que amansados convivían con los labradores, requirieron de un espacio cercado cerrado para instalarlos por la noche, e inclusive durante el horario de la siesta, para que no provocasen daños a los cultivos de los pobladores rurales. Aplicar la ronda de estos animales en la hora de la siesta, evitando que dañasen las tierras de pan llevar, las cuales daban el cereal cercano para los productores de harinas y productos para la población urbana, requería de reglas de control y de respeto por la propiedad ajena, y en caso de provocar daños, sancionar o multar a los responsables que violaban las reglas de convivencia rural.

En sí, el gobierno intentó a partir de legislaciones anteriores dictaminadas durante el período rivadaviano, implementando medidas preventivas con el fin de impulsar el cercamiento de la tierra, como por ejemplo crear vías de tránsito para el arreo y paso de carretas y carruajes.

Esto llevaría a una delimitación de la propiedad en base a ciertas medidas que se extendían en un cálculo aproximado de “suerte de estancia” (media legua de frente por una legua y media de fondo, es decir 3,75 km 2), por lo cual se impulsaba un máximo y un mínimo de tierras y todo ello en razón de la actividad ganadera mayor o menor, y la agricultura. Estas medidas trajeron conflictos, más que nada en razón del derecho consuetudinario en la valoración y criterio de la tierra y la actividad en la cual se sostenía el interés de los terratenientes.

El gobierno, con su pedido a los hacendados tocaba puntos que reestructuraban las zonas que rodeaban a la ciudad conocida como “ejido”, dividiendo las zonas de ganado menor y mayor, además de las zonas de cultivo próximos a la vida urbana. Esta transición hacia la agricultura, fue de la mano de la introducción de la familia en la vida pastoril y los cultivos. La prevención gubernamental tuvo como fin regular la ganadería mayor, con el fin de establecer vías de circulación necesarias para los pobladores.

Pero regular la circulación y establecer limitaciones con cercamientos de campos, provocó cierto disentir en los hacendados, planteándose algunas preguntas: ¿quién se haría cargo de los costos?, ¿cómo recortar o limitar la tierra?, ¿qué pasaría con esos espacios por los cuales se circule?, ¿qué papel tendría el gobierno en cuanto a la seguridad y los derechos sobre estos caminos y aguadas, colocados y distribuidos en la campaña con criterio de público?, ¿qué medidas se impondrían sobre los daños y perjuicios en zonas de sembradíos y plantíos por la suelta de animales?, ¿en quién recaería la responsabilidad: en el propietario de animales o en el que no cercó y protegió sus tierras sembradas? (Alsina, 1853-1858).

El gobierno, dentro de su parcial conocimiento de las problemáticas rurales, instó a los miembros de la Comisión de Hacendados a que con su aporte se logre un mayor beneficio para la construcción de un derecho moderno que se adecue a los grandes cambios que el capitalismo industrial invitaba en nuestra región. Pero Alsina sabía que no podía pasar por alto después de una larga conquista de nuestra campaña, dejar de lado sus antiguas prácticas sociales y económicas consuetudinarias.

El derecho consuetudinario construyó una estructura de vinculaciones socio-económicas, y Alsina debía encontrar un punto de contacto entre ese interés y el del gobierno, si deseaba volcar el capitalismo agrario bajo un respaldo de derecho moderno adecuado a la inversión productiva agropecuaria.

Mantener la vecindad y adecuarla a la modernización de la campaña, no era una tarea fácil. Zeberio (2005) sostenía que:

El debate sobre los límites del derecho de propiedad y del uso de bienes comunes fue una de las preocupaciones recurrentes de hacendados y labradores. Estas voces mayoritarias se alzaban solicitando a las autoridades medidas restrictivas de los derechos de ocupantes, agregados e invasores de tierras que, en su opinión, usufructuaban de la labor de ganaderos y labradores. (…), también se encontraban aquellos que buscaron la protección de los derechos de pequeños propietarios ganaderos y mantenían otras formas productivas que solían ser contrarias a los intereses de grandes ganaderos y labradores.

Esta contraposición de intereses hizo que Alsina, (…) estableciera los principios desde los cuales realizó su elaboración señalando dos cuestiones centrales: su decisión política, mediar entre las distintas voces; y su opción metodológica, la de optar por la costumbre, frente a los principios de derecho. (págs. 162-163)

Este análisis permitió ver que el pedido de Alsina a la Comisión de Hacendados, se fundamentó en aportes de diversos sectores de la campaña, que reclamaban una legislación concreta y rigurosa que regulara principalmente el derecho a la propiedad en sentido amplio. No solo tocaba el tema tierras, sino también todo lo referente a la inversión productiva rural; representando todo su sacrificio, el Estado debía cumplir el rol de guardar y reconocer a través del derecho rural, la “gran transformación agropecuaria” que se buscaba alcanzar. Ese derecho rural era el motor de la gran transformación, que el Estado buscaba guardar e impulsar.

La tercera subcomisión o “Comuna”, era el tercer grupo heterogéneo de hacendados, que trataría los temas de interés general para ambas actividades económicas. En esta parte, se analizó la realidad de la campaña frente al vacío de leyes en ciertos aspectos, que hacen a la seguridad y los buenos hábitos en el campo. A pesar de los intentos normativos durante la década de 1820, estos solo sirvieron para regular algunos aspectos, que después fueron utilizados a conveniencia de los jueces de paz y de la policía de la campaña durante la época rosista.

Alsina afirmó que el gobierno porteño necesitaba leyes, acompañadas de una institución policial en sentido general, que protegiera e impusiera el orden y la seguridad tanto en la ciudad como en la campaña, fuera del arbitrio de los jueces de paz (Rico, 2013, pág. 4). Para ello, la policía cumpliría un rol independiente del orden político e ideológico de turno, para actuar como una entidad autónoma en función de la seguridad provincial.

Esta institución tuvo como fin comenzar a romper con las costumbres de los malentretenidos y de los vagos que provocaban el desorden en la vida rural. La papeleta de conchabo, como práctica establecida por la ley de contratos de trabajo y de vagos de 1822, marcó un inicio de normas que buscaban evitar el robo, hurto u otros delitos en la campaña. Fue por eso que, ante la dispersión de normas, era necesario que la Comisión de Hacendados debatiera con gran responsabilidad los temas que hacían referencia al abigeato, el uso de armas blancas, las pulperías y la vagancia, entre algunos de los tantos temas.

Otro tema común fueron los contratos de campo de peones. El mundo laboral de mediados del siglo XIX fue cambiando. Como bien se dijo, el ingreso de inmigrantes europeos y sus familias, introdujo formas y costumbres que renovaron la vida de la campaña. Eso no hizo que la vida gauchesca desapareciera, sino que ambas partes fueron adecuando sus universos de costumbres y creencias, y los modos de trabajo no se quedaron atrás en esos cambios.

El trabajo rural ganadero, con su espacio de ocio cultural que vivenciaba la peonada durante la primera mitad del S XIX, lentamente iba transformándose con la modernización y con la política que iban implementando los nuevos gobiernos liberales, manteniendo y de a poco extendiendo la frontera, impulsada por la actividad ganadera vacuna, ovina y agrícola. Ya la tierra no era un símbolo de prestigio, sino de interés económico para aumentar sus ganancias y su status socio-económico en la mente de los grandes hacendados.

Lentamente el hacendado dejó su cómoda situación urbana para asentarse en la administración rural. A ello se le sumó la familia en esta nueva organización de tareas, donde la vida de la estancia y de las zonas productivas se fue adecuando a la “gran transformación”. En este aspecto, Alsina remarcó la necesidad de organizar el tema de contratos de trabajo en cuanto a los tiempos, al despido, a las jornadas de trabajo, a las formas de pago, y todo ello por escrito a la hora de contratar trabajadores. La mano de obra era escasa, y a pesar del ingreso de inmigrantes europeos, fue necesario cuidarla y adecuarla a las necesidades de la administración y del control de la producción, dentro de estas nuevas actividades que iban modificando a las estancias pampeanas.

Teniendo presente la relevancia de los decretos sancionados durante la década de 1820 sobre delitos, conchabo, vagancia y pulperías, Alsina pidió a la Comisión de Hacendados suma atención a estos temas, debido a la necesaria construcción de normativas que regulen y apelen al buen juicio de los comisionados para crear leyes rigurosas, para evitar delitos en la campaña. Esto iba acompañado del aseguro de una institución policial provincial autónoma, que actuase y tuviese el poder diligente brindado por el Estado y el derecho rural para aplicar la ley en la vida de la campaña.

Para impulsar la vida económica y social de la campaña, Alsina apeló al buen juicio de la Comisión de Hacendados, para que colaborasen en este informe para lograr el orden público, y de ahí promocionar y asegurar el triunfo de este modelo político y económico liberal que los grupos que dominaban el control de Estado buscaban organizar.

Puso fin al informe con un tema no menor que sucedía en la campaña, y eso tenía que ver con los frutos de la tierra y sus recursos necesarios para la vida cotidiana de los paisanos. Allí hizo mención a la caza de animales de la región y al corte de plantas autóctonas como juncos, totorales y pajonales, necesarios para la construcción de viviendas y corrales, solicitando el debate en cuanto a la invasión y el retiro de dichos bienes por parte de los lugareños, permitiendo su uso previa autorización de la institución o propietario, para evitar situaciones de conflicto. Para ello era justo reglamentar estas acciones por parte de la comisión de temas comunes que hacía a la comunidad rural.

Finalizó este informe sosteniendo que estas jurisconsultas a los terratenientes solicitada a través de la Comisión de Hacendados, buscaba que la inteligencia y la experiencia de esos hombres representativos de la campaña, pudiesen con su conocimiento iluminar al gobierno en la construcción de un derecho rural, inexistente hasta esa fecha. Inclusive, a pesar de los intentos de Alsina de tratar de ubicar algún derecho agrario conjunto para utilizar en la construcción de esta codificación, vio que no se hallaba ni redactado en Europa ni en EE.UU. Por eso, esta mochila que se imponía Alsina para organizar la vida de la campaña era original y única, si lograba que los hacendados brindaran sus opiniones en este proyecto.

Decía Valentín Alsina en sus últimos párrafos del 26 de marzo de 1856:

La respuesta de la Comisión pondrá al gobierno en aptitud de juzgar cuales disposiciones sean de su competencia, y cuales deban someter a la sanción de las cámaras: todas serán consideradas en el orden debido, su conjunto vendrá a formar lo que hoy no tenemos y tanto necesitamos: el código rural del Estado de Buenos Aires.

Nuestro país llegará a poner este código y así además, el gobierno logrará establecer una Exposición Rural cada año y fundar al mismo tiempo una escuela o Colegio de Agricultura práctica juzga el infrascrito que al menos en el orden administrativo algo se habría hecho en bien de la campaña toda y especialmente en obsequio de aquella solidísima base de su bien estar y su grandeza. (Alsina, 1853-1858)

En síntesis, Alsina apostó a lograr que ciertos puntos de su limitado conocimiento de la vida de la campaña, se tuvieran presentes a la hora de construir dicho informe. Y fue notorio el rol que deseaba tener el gobierno en la construcción de una economía liberal, direccionada a partir de la necesidad de establecer una reglamentación moderna para asentar las bases del modelo capitalista agrario en el país. Para ello, el Estado debía constituir un órgano institucional que operase de forma coercitiva en la aplicación de la norma rural, como lo fue la institución policial provincial, cuya acción fue de la mano de una codificación rural, que de forma igualitaria y rigurosa acomodaba los órdenes de poder, derechos y deberes en la campaña. Lo que también marca en este escrito Alsina, fue su necesidad de cambios, pero respetando ciertos formalismos que eran carne en la vida rural: el derecho consuetudinario versus el derecho moderno.

Conclusiones

La realización de esta investigación permitió introducirnos en un tema particular dentro del gran proceso de transformación que la Argentina vivió a partir de Caseros en 1852.

Tomar como tema el mundo rural desde la mirada que brinda la construcción de un marco normativo que regule el capitalismo agrario, permitió observar cómo las transformaciones, se fueron gestando de forma paulatina a partir de muchos elementos que fueron siendo artífices en la construcción de la base económica pecuaria pampeana.

El legado hispano e indiano, fue tocado por la vara de la modernización y el gobierno provincial porteño tuvo que hallar el modo de adecuar la base consuetudinaria criolla a los nuevos embates europeos y conciliarlos.

A pesar que el gobierno de Valentina Alsina no pudo concretar la codificación rural anhelada, fue necesario considerar los alcances del informe que la Comisión de Hacendados logró construir y sentar las bases del conocimiento pragmático de una realidad compleja existente en la vida de la campaña.

El mismo Alsina, al no continuar con la construcción de dicho Código Rural en 1858, debido a la grave situación existente en la vida nacional, no dejó de valorar el valioso y enriquecedor informe, porque ese sería el sustento suficiente para la concreción de dicha legislación unos años más tarde.

Se denotó en la lectura de los documentos que tanto los hacendados como el gobierno, poseían visiones diferentes frente al sentido de la norma y que fue necesario este intercambio de posturas e ideas, para la futura confección de dicha codificación, y poder así establecer las bases de un sistema adecuado a la idiosincrasia criolla de nuestra región.

Y el papel del Estado, fue primordial porque frente al vacío de un modelo en la confección de una legislación unificada rural, se tuvo de la mano de Alsina la posibilidad de impulsar un acercamiento a los sectores detentadores del poder pecuario bonaerense e invitarlos a la construcción de un marco legal que favoreciera y mantuviera las bases de poder consuetudinario con el cual se habían conducido por larga data.

De esta manera, esta encrucijada entre la costumbre y el orden institucional moderno, encontró el modo de convertirse en la base en la construcción de un Código Rural que respondía a los viejos detentadores del orden rural, pero que también abrió a nuevas formas de conquista del poder no solo desde el dominio de la estancia, sino también desde el mismo gobierno.

 

Referencias

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[1] Profesora egresada de la Universidad de Morón. Licenciada en Historia egresada de la Universidad Nacional de La Matanza.

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